Ordenanza 1242/17: “Ingreso de jóvenes a locales bailables”
“Reglamentación de la Ordenanza.”
La Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Malabrigo informa que dando cumplimiento a la Ordenanza 1242/17 del Concejo Municipal aprobada por unanimidad, que modifica la Ordenanza 516/04, el Departamento Ejecutivo procedió a realizar la correspondiente reglamentación.
La Ordenanza establece ingresos hasta las 2 a.m. para todos los asistentes.
También detalla que los jóvenes de 16-17 años deberán ingresar con autorización otorgada por los padres o representantes legales, mediante el formulario elaborado por el Concejo Municipal, que deberá ser certificado por Juez, Escribano o Funcionario Municipal.
COMO SE OBTIENE LA CREDENCIAL: Se debe retirar en el edificio Municipal (Federico Sigel 798, de 7 a 13hs.), el formulario presentando fotocopia de documentación que acredite la identidad del solicitante (joven), del autorizante (progenitor) y el vínculo entre los mismos (libreta de matrimonio o partida de nacimiento). Las credenciales se realizarán de lunes a jueves, y se podrán retirar los días viernes.
Esta credencial no tendrá costo, y deberá ser presentada por quienes no alcanzan los 18 años y asistan a eventos bailables del tipo reglamentado en la Ordenanza.
Además, se reglamentaron otros artículos como:
-Se designó al Área de Seguridad como organismo de control del cumplimiento de horarios, límites de ingresos, venta de alcohol, provisión permanente de agua potable en baños y barra/s.
-Se establece la obligatoriedad del anuncio del cese de venta de alcohol.
-Se prohíbe la venta de alcohol en los días establecidos en la Ordenanza y en los horarios de 5 a 9 horas, en todo el distrito.
ACCESO ESPECIAL:
Paso 1: Completar la habilitación online.
Paso 2: Descargar el modelo de autorización para que sea completado, estampillado y firmado por Juez o Escribano.
PRESENTARLO A LAS AUTORIDADES ANTES DE INGRESAR AL PREDIO.
Secretaría de Gobierno
Municipalidad de Malabrigo
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